EL DECRETO DE 1833 Y EL FIN DEL ANTIGUO REINO DE GRANADA

SE CUMPLIRÁ EN ESTE AÑO 2023, EL 190º ANIVERSARIO DE LA PROMULGACIÓN, PUBLICACIÓN Y ENTRADA EN VIGOR DE UNA DE LAS NORMAS MÁS IMPORTANTES DE LA HISTORIA CONTEMPORÁNEA DE ESPAÑA: EL FAMOSO REAL DECRETO DE DIVISIÓN PROVINCIAL DE 30/11/1833, QUE SUPUSO LA DESAPARICIÓN DE LA ANTIGUA DIVISIÓN DEL ESTADO EN REINOS.

Fruto del Decreto de Javier de Burgos, de división provincial, fue la enervación histórica del antiguo reino de Granada, que, nacido en 1013, como comúnmente se acepta, que se extendería formalmente hasta 1833. Este año marca el punto final de la existencia administrativa, que no material, del antiguo reino de Granada, tras la implantación de una división provincial al socaire del sistema francés, que determinaría la división provincial que hoy conocemos. De ello venimos hablando en este Dossier de Historia.

Trabajos precedentes

El martes 3 de diciembre de 1833, en el número 154 de la Gaceta de Madrid, aparecía publicado el Real Decreto de 30 de noviembre de 1833, que había sido firmado por la Reina Gobernadora, María Cristina de Borbón, regente del reino entre 1833 y 1840, tras la muerte de su esposo, el rey Fernando VII, con el que se perseguía una más eficaz acción de la Administración.

La norma publicada aquel día respondía al encargo hecho poco antes por la Reina Regente al insigne afrancesado Javier de Burgos y del Olmo (Motril 1778-Madrid 1849) al tiempo de serle entregado el Despacho de Fomento mediante el Real Decreto de 21 de octubre de 1833. Sirvieron de base a la división territorial que implantaba la norma, los prolijos trabajos realizados desde 1813 por Felipe Bauzá, que habían concluido con una propuesta, ordenada según criterios históricos, de división del territorio del Estado en 49 provincias—Ya sabemos que hubo también otros guarismos, 21 y 31, antes de quedar fijadas en 49, las provincias peninsulares—; una propuesta cuya implantación no fue posible

Francisco Javier de Burgos

Sirvieron de base a la división territorial que implantaba la norma, los prolijos trabajos realizados desde 1813 por Felipe Bauzá, que habían concluido con una propuesta, ordenada según criterios históricos, de división del territorio del Estado en 49 provincias

finalmente por la vuelta al Antiguo Régimen ordenada por Fernando VII a su regreso del exilio en Bayona.

Otros trabajos

También servirían a la propuesta de Javier de Burgos los trabajos de 1817, según los cuales España quedó dividida en 29 intendencias y 13 consulados, en clara semejanza con el sistema divisional tratado de implantar por José Bonaparte al estilo de Francia, por el que el territorio del Estado habría de dividirse en 38 prefecturas y 111 subprefecturas, según el proyecto del clérigo Llorente. Sin embargo, esta división nunca llegó a implantarse porque además de ser una creación del rey intruso, lo que le hacía acreedora a ser abolida a la menor posibilidad, obviaba todos los condicionantes históricos que debían tenerse en cuenta en un tema tan complejo como la fijación de los límites territoriales internos en un Estado con un origen histórico como el español.


Pero, principalmente servirían de base a la norma de Javier de Burgos los trabajos realizados durante el trienio liberal, que en enero de 1822, culminarían con la elevación de una propuesta de división del territorio en 52 provincias, con la que se pretendía establecer una trama única para el desarrollo de las actividades administrativas, gubernativas, judiciales y económicas, según criterios de igualdad jurídica, unidad y eficacia, que también fracasó por dejar margen, como la propuesta bonapartista, los decisivos criterios históricos que influyen en la conformación del orden territorial. Esta propuesta además de generar intensos debates que al final era inasumible por su desapego a la realidad histórica, por lo que sólo determinó, nuevamente, a la reimplantación del sistema del Antiguo Régimen, en 1823, al comienzo de la década ominosa.

Decreto significativo

Con los antecedentes citados y tras la decisión de conformar una más eficaz ordenación del territorio del Estado adoptada por la reina y reunión de una nueva comisión fue elevada para su aprobación, el Real Decreto de 30 de noviembre de 1833, por el que se aprobaba una nueva división civil del territorio, como base de la Administración interior y medio para la obtención de los beneficios que la reina pretendía para los pueblos, en 49 provincias que con muy pocas modificaciones, tal vez la más significativa sea la de 1927 en que Canarias se dividió en 2 provincias, ha llegado hasta nuestros días.

El decreto de División Provincial de Javier de Burgos fue promulgado en Palacio tras ser sancionado con la rúbrica de la Real mano de S.M. en nombre de su hija la Reina Doña Isabel II, entrando en vigor, según las previsiones de la Ley 4ª, del Libro III de Novísima Recopilación de Leyes de 1805, el 23 de diciembre de aquel mismo año. El día anterior, el 22 de diciembre, el motrileño Javier de Burgos y del Olmo, autor de tan crucial norma, fue nombrado Ministro de Hacienda. Había entrado en vigor una norma decisiva para el entendimiento de la historia reciente de España. Con ella se ponía fin al antiguo sistema de reinos. El reino de Granada, como división administrativa, sucumbía al predicado del artículo 2 del Real Decreto, de modo que, puede decirse así,

el Real Decreto de 30 de noviembre de 1833, por el que se aprobaba una nueva división civil del territorio, como base de la Administración interior y medio para la obtención de los beneficios que la reina pretendía para los pueblos

«tras una existencia formal de 820 años, su singladura histórica había concluido»

Sirvan estas palabras de testimonio de admiración, en este año, y en el próximo 190º aniversario de la entrada en vigor del Real Decreto de 1833, tan significativo para España y para Granada.

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