EL REINO DE GRANADA EN EL NUEVO RÉGIMEN

LAS PROPUESTAS Y TRABAJOS DE ORDENACIÓN TERRITORIAL EFECTUADOS POR LOS AFRANCESADOS, POR LA ADMINISTRACIÓN JOSEFINA, LAS CORTES DE CÁDIZ Y GOBIERNOS LIBERALES, CONTEMPLARON SIEMPRE EL TERRITORIO DE GRANADA COMO UNA REALIDAD GEOGRÁFICA, POLÍTICA Y ADMINISTRATIVA.

Provincias fiscales, corregimientos gubernativos y judiciales, muchos de los cuales desaparecieron con los Decretos de Nueva Planta, veguerías en Cataluña, intendencias de guerra, partidos como divisiones internas de territorios más extensos que la provincia, como sucedía principalmente en el reino de Castilla, variedad de jurisdicciones, realengos, órdenes militares, señoríos nobiliarios, abadengos, y etcétera, etcétera. El panorama de la organización territorial de nuestro país al final del Antiguo Régimen era anárquico. No ha faltado quien haya dicho que: “la división territorial de España era caótica y monstruosa”.

Los nuevos trabajos

Los monarcas y dirigentes españoles eran conscientes de ello. No en vano trataron de solucionar la situación, aunque las propuestas no dejaron de ser parciales y equívocas. De este modo pueden calificarse los trabajos de Floridablanca, que en 1789 estableció la nueva división de las provincias marítimas. No faltaron otras propuestas. La llegada del siglo XIX y la influencia francesa, así como la presencia física del francés en nuestro país, con ocasión de la invasión napoleónica y la administración josefina, determinaron, junto con los trabajos de las Cortes de Cádiz, la senda hacia la conformación de un nuevo orden territorial español.

Y en esta división, como no podía ser de otro modo, Granada era una de las prefecturas principales: Granada-Genil, que respondía a una ordenación que tomaba como base los ríos patrios

Frente al precedente de Floridablanca, las propuestas napoleónicas realizadas entre 1808 y 1812, trataron de introducir la modernidad, la racionalización, el orden y la jerarquización. A estos principios responde la división de José María de Lanz y Zaldívar, de 1810, que se dice llanamente que “fue realizada con el compás y la punta del sable”. Él fue quien diseñó las famosas prefecturas, nombre que el Gobierno de José I Bonaparte asignó a la repartición territorial una estructura departamental, según las propuestas del Plan Llorente-Lanz. El decreto de la creación de las 38 prefecturas peninsulares fue firmado por el ministro de Estado, Mariano Luis de Urquijo, el 17 de abril de 1810, en Sevilla. Y en esta división, como no podía ser de otro modo, Granada era una de las prefecturas principales: Granada-Genil, que respondía a una ordenación que tomaba como base los ríos patrios; lo que dio en llamarse el fluvialismo, que usaba los cursos de agua y las cuentas en la fijación de los límites provinciales, como sucedió con la mayor parte del territorio de las actuales provincias de Granada y Almería.

Valga lo expuesto, por lo que a Granada respecta, el manifestar que nuestra tierra siempre tuvo presencia definida y singularizada en las divisiones territoriales de la edad moderna. Como reino, como provincia y como prefectura. Así lo demuestran todos los trabajos subsiguientes.

Regnorum Hispaniae et Portugalliae

El mandato de Cádiz

Las tensiones entre conservadores y liberales condicionaron el debate propiciado por el art. 11 de “la Pepa” que vino a reconocer el problema existente disponiendo que: “se haría una nueva división más conveniente del territorio español por una ley constitucional cuando las circunstancias políticas de la nación lo permitiesen”.


La disparidad de criterios entre centralistas y provincialistas fueron determinantes para el fracaso del criterio igualador y del paso de 21 provincias constitucionales, como proponía el proyecto de Antonio Ranz y de José de Espiga, presentado en 1812, a un total de 31. Una de aquellas era la de Granada, que conservó los mismos lindes que en la definición de los límites del Reino granadino, en 1789, en contra de la tendencia de ruptura de la identidad de los antiguos grandes reinos cristianos españoles, lo que se ha explicado entre otras razones por el significado de Granada y el respeto a lo acordado en 1246, en el Tratado de Jaén, y 1491, en las capitulaciones para la entrega de Granada, por Fernando III el Santo y los Reyes Católicos, respectivamente.

El mandato constitucional dado por las Cortes de Cádiz, trató de hacerse efectivo. La regencia encargó en 1813 al mallorquín Felipe Bauzá y Cañas —ingeniero militar que enamoraría a Catalina la grande de Rusia—, una división territorial que presentó en tres meses y vino a distinguir entre provincias de primer orden, que tenían a su vez una división interna en partidos o gobernaciones subalternas, y provincias de segundo orden, que carecían de ella. Los partidos eran cada una de las subdivisiones de las provincias de primer orden.

En el proyecto basado en dos principios fundamentales, descentralización y respeto a los sentimientos históricos de pertenencia territorial, de nuevo Granada, fue clasificada como una provincia de primer orden

En este proyecto basado en dos principios fundamentales, descentralización y respeto a los sentimientos históricos de pertenencia territorial, de nuevo Granada, fue clasificada como una provincia de primer orden. De la actual Andalucía solo Granada y Sevilla tenían tal consideración, las restantes quedaron como provincias de segundo orden, o ni siquiera fueron reconocidas, como fue el caso de Huelva o Almería, que solo posteriormente, aparecerían a partir de la reforma de 1822.


En concreto, el territorio de la provincia de Granada era equivalente, poco más o menos, al de las actuales provincias de Granada y Almería. Según el proyecto quedaba dividida en dos gobernaciones: una superior con capital en Granada y otra subalterna instalada en Guadix.


La restauración del rey Fernando VII en 1814 daría al traste con el proyecto que a pesar de haber sido informado favorablemente por el Consejo de Estado y remitido por el Ministerio de la Gobernación a las Cortes para su aprobación. Sin embargo, su discusión no se iniciaría, debido a la abolición de la constitución y la disolución de la cámara.

Sexenio, Trienio y Década

Durante el sexenio absolutista de Fernando VII, que como sabemos se extendió entre 1814 y 1820, la corriente reformista liberal se paralizó y se retornó al conservadurismo territorial propio del Antiguo régimen. Tras este período y ya durante el Trienio Liberal (1820-1823), la cuestión de la organización territorial del estado español no tardó en volver a ser uno de los principales asuntos de debate político.

Una vez más Felipe Bauzá fue el encargado de los trabajos técnicos, que en esta ocasión realizó con la colaboración del guipuzcoano José Agustín de Larramendi. A la postre el resultado sería que el estado habría de quedar dividido en 52 provincias, igualadas, con las

La parte occidental del antiguo Reino de Granada encontró una clara capital en Málaga que había consolidado su posición desde 1799 y tras el incremento poblacional propiciado con la Guerra de Independencia

protestas airadas de las ciudades cuyo rango en la organización tradicional era mayor, como Barcelona, Santiago o, dentro del territorio de la actual Andalucía, Granada y Sevilla.


En el caso de la provincia de Granada, una vez más se optó por la segregación, atendiendo a criterios de población y extensión territorial. La parte occidental del antiguo Reino de Granada encontró una clara capital en Málaga que había consolidado su posición desde 1799 y tras el incremento poblacional propiciado con la Guerra de Independencia. De este modo el problema principal se dio en la parte oriental de la antigua provincia o reino de Granada, dado que inicialmente el proyecto de Bauzá-Larramendi establecía la capital en Baza por su mejor ubicación centrada en el territorio. La provincia comprendería la actual Almería y los altiplanos de Guadix, Baza y Huéscar. Ante esta propuesta surgieron dos serios problemas: la negación en rotundo de los diputados de Granada y la oposición que se ejerció desde Almería que quería optar a la capitalidad.


Finalmente, la comisión creada por las Cortes a tal respecto, accedió a la presión de Granada, y se llegó a un acuerdo por el que la provincia de Granada conservaría los altiplanos, y Almería adquiriría el rango de capital provincial, gracias a su situación costera, mayor población y su lejanía a Granada. Una solución que satisfizo a todos.

Imagen cartográfica de Andalucía y Granada, en tiempos de Felipe V

De Calomarde a Javier de Burgos
A pesar del intento de ruptura de la monarquía absolutista con los trabajos del período liberal propiciando la vuelta al pasado, en 1825, Tadeo Calomarde, ministro de Justicia, creó una nueva comisión para el estudio de la demarcación judicial provincial, juzgados menores y alcaldías mayores, propiciando una mejor definición de los límites provinciales. Otra vez Agustín de Larramendi fue el encargado de dirigir el proyecto, pero esta vez los límites de los antiguos reinos fueron respetados.


Antes de la aprobación definitiva del proyecto, Tadeo Calomarde quiso consultar a las chancillerías afectadas. El 31 de marzo de 1829, según puede comprobarse en el Archivo de la Real Chancillería, se envió a la Real Audiencia y Chancillería de Granada las instrucciones para la elaboración, por parte de ésta, de los límites territoriales entre las nueve provincias de su distrito: Granada, Almería, Málaga, Jaén, Córdoba, Murcia, Cuenca, Albacete y La Mancha. El 30 de septiembre de 1829, la Real Chancillería puso sobre la mesa su trabajo con los cambios propuestos. A pesar de la permanencia formal del antiguo reino de Granada, su desmembración material comenzaba a ser un hecho y las tres provincias segregadas en el proyecto de 1822, nunca volverían a incluirse dentro de los mismos límites provinciales granadinos. La provincia de Granada desde entonces estaría configurada con unos límites muy similares a los que tiene en la actualidad.


La controvertida y cuasi definitiva división territorial de Javier de Burgos estaba en ciernes.

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